Las programaciones didácticas se elaborarán en formato electrónico y contemplarán:
1º La forma que sea aprobada por el ETCP, que determinará como mínimo el orden del índice y la relación existente entre instrumentos de evaluación, criterios de evaluación y criterios de calificación expresada en forma de tabla común, para facilitar la aplicación de la misma por parte del profesorado.
2º Como indicador de logro la calificación media del alumnado matriculado del curso completo en el Centro en las pruebas externas del año correspondiente, relativas a las materias asignadas al departamento didáctico. Igualmente, utilizarán como indicador de logro los resultados de las evaluaciones internas del alumnado.
3º Que en la ESO y la ESPA, ya sea en las materias del curso o en la pendientes, al menos el 50% de los instrumentos de evaluación se realicen en presencia del profesor.
4º Los apartados de las programaciones didácticas que la normativa señala expresamente que deben darse públicamente a conocer, se publicaran en la página web del Centro.
5º Los instrumentos y criterios comunes de evaluación y calificación del Proyecto Educativo.